martes, 27 de octubre de 2009

PARA RECORDAR

UVR - Unidad de Valor Real

IPC - Índice de Precios al Consumidor

DANE - Departamento Administrativo Nacional de Estadistica

UPAC - Unidad de Poder Adquisitivo Constante

DTF - Depósito a Término Fijo

TRM - Tasa Representativa del Mercado

UNIDAD DE VALOR REAL (UVR)

La unidad de valor real (UVR) refleja el poder adquisitvo con base en la variación del índice de precios al consumidor (IPC) certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). A partir de enero de 2000 la UVR reemplazó la unidad de poder adquisitivo constante (UPAC).

La UVR es calculada de acuerdo con la metodología establecida por el Consejo de Política Económica y Social (Conpes), y se usa para calcular el costo de los créditos de vivienda. Esta unidad de cuenta permite a las entidades financieras ajustar el valor del crédito según el incremento del costo de vida en nuestro país.

La metodología usada para calcular la UVR que fue establecida por la Junta Directiva del Banco de la República asegura el cumplimiento estricto de lo que es ordenado en la Circular Reglamentaria C-955/2000. Para más información sobre los antecedentes de la UVR consulte Reportes del Emisor 41. Adicionalmente, la metodología usada para calcular la UVR puede consultarse en la Resolución Externa 13 del 2000.

http://www.banrep.gov.co/series-estadisticas/see_upac.htm

ORIGEN DEL UPAC

El UPAC en Colombia fue concebido el 2 de mayo de 1972 cuando entonces el presidente Misael Pastrana, promulgó el decreto 667 que creaba el Sistema de valor constante, para ahorros y prestamos de vivienda y obligaba a las corporaciones de Ahorro y Vivienda (CAV) a llevar en unidades UPAC sus cuentas de ahorro y préstamo.

En realidad nació en julio del mismo año con el valor unitario de $100 moneda corriente, como parte del plan de desarrollo llamado "Las cuatro estrategias" según el cual se convertiría en motor principal para el impulso de la economía nacional.

Con la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC) se pretenden dos cosas captar ahorros, y otorgar créditos hipotecarios para vivienda.

¿QUÉ ES EL UPAC?

UPAC - Unidad de Poder Adquisitivo Constante: Unidad de cuenta que permite realizar operaciones de crédito hipotecario en el largo plazo a través de ajustes de su valor, de acuerdo con la capacidad adquisitiva de la moneda legal. Aunque en su origen estaba relacionada con la inflación, en la actualidad su cálculo se realiza tomando el promedio de la tasa DTF de las últimas cuatro semanas. Es utilizada especialmente por las corporaciones de ahorro y vivienda para expresar sus captaciones, así como sus colocaciones destinadas a la financiación de edificaciones. Su valor es calculado por el Banco de la República para cada uno de los días del año.

¿QUÉ ES LA UVR?

UVR - Unidad de Valor Real: Unidad de cuenta que refleja el poder adquisitivo de la moneda, con base exclusivamente en la variación del Indice de precios al consumidor, IPC, certificado por el Dane. La misma ley faculta al Consejo de Política Económica y Social para establecer la metodología del calculo del valor de la UVR.
La unidad de valor real -UVR- arranco el primero de enero del año 2000 con un valor de $103.3396 y su variación será constante con base en el costo de vida.

¿El UPAC ES IGUAL A LA UVR?

Para responder esta pregunta podemos ver el decreto presentado a continuación:

DECRETO NUMERO 2703 DE 1999

(diciembre 30)

Por el cual se determina la equivalencia entre la UVR y la Unidad de Poder Adquisitivo Constante

-UPAC- y se adopta la metodología par calcular el valor en pesos de la UVR

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en el artículo 3º de la Ley 546 de 1999,

CONSIDERANDO

Que el artículo 3º de la Ley 546 de 1999 dispone que la Unidad de Valor Real es una unidad de cuenta que refleja el poder adquisitivo de la moneda, con base exclusivamente en la variación del índice de precios al consumidor certificada por el DANE, cuyo valor se calculará de conformidad con la metodología que establezca el Consejo de Política Económica y Social -CONPES-.

Que en sesión del 23 de diciembre de 1999, el Consejo de Política Económica y Social -CONPES- recomendó que el valor en moneda legal colombiana de la UVR cambie diariamente durante el periodo de cálculo, de acuerdo con la siguiente fórmula:

UVRt = UVR15 * (1 + i)t/d

Donde:

Período de cálculo Período comprendido entre el día 16 inclusive, de un mes hasta el día 15, inclusive, del mes siguiente.

UVRt Valor en moneda legal colombiana de la UVR del día t del período de cálculo.

t Número de días calendario transcurridos desde el inicio de un período de cálculo hasta el día de cálculo de la UVR. Por lo tanto t tendrá valores entre 1 y 31, de acuerdo con el número de días calendario del respectivo período de cálculo.

UVR15 Valor en moneda legal colombiana de la UVR el día 15 de cada mes.

i Variación mensual del índice de precios al consumidor durante el mes calendario inmediatamente anterior al mes del inicio del período de cálculo.

d Número de días calendario del respectivo período de cálculo.

Que corresponde al Gobierno Nacional determinar la equivalencia entre la UVR y la Unidad de Poder Adquisitivo Constante -UPAC-, así como el régimen de transición de la UPAC a la UVR.

http://html.rincondelvago.com/upac-en-colombia.html

INFLACIÓN

En economía, la inflación es el aumento sostenido y generalizado del nivel de precios de bienes y servicios, medido frente a un poder adquisitivo. Se define también como la caída en el valor de mercado o del poder adquisitivo de una moneda en una economía en particular, lo que se diferencia de la devaluación, dado que esta última se refiere a la caída en el valor de la moneda de un país en relación con otra moneda cotizada en los mercados internacionales, como el dólar estadounidense, el euro o el yen.

http://es.wikipedia.org/wiki/Inflaci%C3%B3n

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